

IMPORTANTE
En Chile, las patentes de alcohol se regulan por la Ley N° 19.925 sobre Expendio y Consumo de Bebidas Alcohólicas, que establece los tipos de patentes según la actividad (botillerías, bares, restaurantes, hoteles, entre otros), así como los horarios de funcionamiento y restricciones de ubicación.
Para su otorgamiento se exige cumplir con requisitos sanitarios, de uso de suelo, autorización de Carabineros y registro en el Servicio de Impuestos Internos (SII).
Además, corresponde a cada Municipalidad determinar los cupos disponibles, las zonas permitidas y aprobar la concesión de estas patentes a través de su Concejo Municipal.
¿A QUIÉN ESTÁ DIRIGIDO?
Este servicio está dirigido a personas naturales o jurídicas, que deseen expender, proporcionar, distribuir o mantener bebidas alcohólicas para su comercialización.
LO QUE NECESITAS SABER:
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Para determinar qué tipo de patente de alcohol corresponde a tu local comercial, debes identificar la categoría que mejor se ajusta a la actividad que quieres realizar, según lo establecido en la Ley de Alcoholes 19.925. También es importante verificar si la patente está sujeta a cupos limitados en la comuna.
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Biblioteca del Congreso Nacional | Ley Chile
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Una vez presentada toda la documentación, se debe enviar la solicitud ante el Honorable Concejo Municipal.
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Las Patentes Provisorias NO aplican para las Patentes de Alcohol, por lo tanto, todos los documentos y requisitos son exigibles para la presentación ante el H. Concejo Municipal y la obtención. Lo anterior, porque la Ley N°19.925 sobre Expendio y Consumo de Bebidas Alcohólicas establece que estas patentes tienen un impacto directo en la comunidad local, por lo que su aprobación debe pasar por una instancia colegiada y democrática.
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Los permisos de Patentes de Alcohol se deben renovar ante el Honorable Concejo Municipal semestralmente (en los meses de enero y julio). En esta renovación, se deben presentar documentos que acrediten lo estipulado por ley. Para tal efecto, se les contactará por mail para indicar los requisitos que debe presentar para poder renovar.

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Ser mayor de 18 Años (Art. 4° Ley Alcoholes 19.925)
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Ser chileno (Art. 4° Ley Alcoholes 19.925)
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Pertenecer a la etnia Rapa Nui o contar con habilitación dentro de la Comuna (Ley 21.070)
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No ser empleado o funcionario fiscal o municipal, consejero regional o concejal. (Art. 4° Ley Alcoholes 19.925)
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No ser miembro del Congreso Nacional, Intendente, Gobernador, Alcalde o miembro de un tribunal de Justicia. (Art. 4° Ley Alcoholes 19.925)
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No haber sido condenado por crímenes o delitos simples (Art. 4° Ley Alcoholes 19.925)
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No haber sido dueño o administrador de negocios que hubieren sido clausurados definitivamente (Art. 4° Ley Alcoholes 19.925)
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No tener deuda por concepto de Derecho de Aseo en la Municipalidad de Rapa Nui
Documentos:
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Fotocopia Cédula de Identidad
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Habilitación o Certificado Indígena
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Certificado de Antecedentes
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Declaración Jurada ANTE NOTARIO, de no estar impedido por el Art 4°de la Ley de Alcoholes 19.925
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Declaración Jurada de Inicio de Actividades
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Documento del Terreno (Escritura de compraventa, Título de Dominio, cesión de derechos, concesión marítima, concesión aeronáutica, etc.)
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Contrato de Arriendo o permiso de ocupación según corresponda. (si el documento del terreno se encuentra a su nombre, no necesita presentar este requisito)
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Certificado del Cuerpo de Bomberos
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Certificado o Informe de DOM (Debe solicitarlo Ud. directamente en la Dirección de Obras (DOM) de la I. Municipalidad, e indicando recepción definitiva o parcial. Además, debe incluir el destino o uso del local, que a su vez debe coincidir con su actividad comercial)
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Resolución sanitaria de Funcionamiento indicando el rubro de su local comercial.
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Carta con la firma de los vecinos colindantes de su local comercial (sólo consultiva)
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Certificado Junta de Vecinos (Sólo consultiva)
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Carta con Solicitud para ser presentada ante el H. Concejo Municipal, indicando: categoría y tipo de patente solicitada (Según Ley Alcoholes 19.925), nombre de fantasía del local comercial, ubicación y propuesta
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Informe del Inspector Municipal (previa coordinación con la Unidad de Patentes Comerciales y entrega del resto de documentación)
Observación: los requisitos pueden variar según el tipo de requerimiento, nuevas ordenanzas o modificaciones a la Ley.
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Ser mayor de 18 Años (Art. 4° Ley Alcoholes 19.925)
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Ser chileno (Art. 4° Ley Alcoholes 19.925)
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Pertenecer a la etnia Rapa Nui o contar con habilitación dentro de la Comuna (Ley 21.070)
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No ser empleado o funcionario fiscal o municipal, consejero regional o concejal. (Art. 4° Ley Alcoholes 19.925)
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No ser miembro del Congreso Nacional, Intendente, Gobernador, Alcalde o miembro de un Tribunal de Justicia. (Art. 4° Ley Alcoholes 19.925)
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No haber sido condenado por crímenes o delitos simples (Art. 4° Ley Alcoholes 19.925)
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No haber sido dueño o administrador de negocios que hubieren sido clausurados definitivamente (Art. 4° Ley Alcoholes 19.925)
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No tener deuda por concepto de derecho de aseo en la I. Municipalidad de Rapa Nui
Documentos:
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Fotocopia Cédula de Identidad de todos los socios estipulados en la constitución de la empresa
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Habilitación o Certificado Indígena según corresponda de todos los socios estipulados en la constitución de la empresa
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Certificado de Antecedentes de todos los socios estipulados en la constitución de la empresa
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Declaración Jurada ANTE NOTARIO, de no estar impedido por el Art 4° ley de alcoholes 19.925 de todos los socios estipulados en la constitución de la empresa
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Declaración Jurada de Inicio de Actividades de la empresa
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Copia de la escritura de Constitución de la sociedad e inscripción en el Conservador, Certificado de Vigencia de la sociedad y Extracto del Diario Oficial. En caso de Sociedades constituidas como "Empresas en un día": Vigencia de la sociedad, Certificados de Estatutos / Escritura Electrónica
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Documento del Terreno (Escritura de compraventa, Título de Dominio, cesión de derechos, concesión marítima, concesión aeronáutica, etc.)
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Contrato de Arriendo o permiso de ocupación hacia la empresa, independiente que el o uno de los socios sea dueño del terreno
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Certificado del Cuerpo de Bomberos
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Certificado o Informe de DOM (Debe solicitarlo Ud. directamente en la Dirección de Obras de la Municipalidad, indicando la recepción definitiva o parcial. Además, debe incluir el destino o uso del local, que debe coincidir con su actividad comercial)
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Resolución sanitaria de funcionamiento, indicando el rubro de su local comercial.
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Carta con la firma de los Vecinos colindantes de su local comercial (sólo consultiva)
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Certificado Junta de Vecinos (sólo consultiva)
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Carta con Solicitud para ser presentada ante el Concejo Municipal, indicando: categoría y tipo de patente solicitada (según Ley Alcoholes 19.925), nombre de fantasía del local comercial, ubicación y propuesta
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Informe del Inspector Municipal (previa coordinación con la Unidad de Patentes Comerciales y entrega de la documentación antes indicada)
Observación: Los requisitos pueden variar según el tipo de requerimiento, nuevas ordenanzas o modificaciones en la Ley.

RECUERDA QUE:
La documentación requerida puede variar, existiendo la posibilidad de que la unidad de patentes se vea en la obligación de solicitar más o menos documentación.
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El cobro se debe efectuar dos veces al año (semestral), previo a la expiración de la actual patente, es decir, en julio y enero de cada año, luego de esta fecha su patente estará vencida.
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Es responsabilidad y obligación del contribuyente dar aviso sobre modificaciones y/o cambios realizados en el comercio (ej.: ampliación, giro, rubro, razón social, dueño, cambios estructurales, etc.)
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En caso de terminar con el giro, es responsabilidad y obligación del contribuyente: anular, activar, eliminar o desactivar su patente para evitar cobros de los semestres siguientes.
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Es responsabilidad y obligación del contribuyente renovar o actualizar documentos vencidos como Cédula de Identidad, certificación de bomberos (anual), etc.
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Es responsabilidad y obligación del contribuyente que posea permiso de venta de alcohol, renovar dicho permiso de manera semestral, presentando declaración jurada y certificado de antecedentes vigente.
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Es responsabilidad y obligación del contribuyente con permiso comercial de venta de alcoholes, informarse sobre el marco legal y normativo. Especialmente sobre la Ley 19.925 sobre expendio y consumo de bebidas alcohólicas art. 4, 5 y 6.
Si tienes dudas sobre los requisitos, escríbenos al correo electrónico patentescomerciales@rapanui.net